Se recomienda contar con el Boletín No. 2 de ANAM, disponible en el portal de Ventanilla Única, en la sección de descargas. Asimismo, es fundamental tener conocimiento del contenido del Apéndice 17 del Anexo 22 vigente y del Artículo 58 del Reglamento de la Ley Aduanera.

Boletin_numero_02_2025 Procedimiento Operativo.pdf

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1. Pedimentos Consolidados

En los casos en que se declare una contingencia, el sistema CODICE CUSTOMS CONTROL permite lo siguiente:

  1. Impresión de la factura mexicana: La factura deberá ser impresa como Documento Equivalente para ser digitalizada y anexada a la plataforma de ANAM.
  2. Captura del número de factura: En el campo COVE, se deberá ingresar el número de la factura. Este dato será incluido en el código de barras al imprimir el Aviso Consolidado (COVE).
  3. Declaración de observaciones: El usuario deberá declarar en el sistema las observaciones necesarias, de acuerdo con las publicaciones oficiales de ANAM.

No se requieren modificaciones en el sistema CODICE. Al momento de imprimir, se deberá seleccionar la opción CB (Sin validar), tal como se muestra en la Imagen 1.1.

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2. Pedimentos Individuales

En el caso de un pedimento individual, cuando se declare el número de factura en lugar del número de COVE, el sistema CODICE generará automáticamente el archivo SAAI incluyendo el registro 520 por defecto.

No se requieren ajustes adicionales en el sistema, a excepción de las observaciones que el usuario debe declarar conforme a lo indicado en las publicaciones oficiales de ANAM.